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Nuestra profesión no paga Ingresos Brutos: hay tiempo hasta marzo para tramitar la exención.La Asociación Médica recuerda que mediante la Resolución General N° 39/2025, la Administración Provincial de Impuestos (API) de Santa Fe estableció la actualización anual de la exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para profesionales que ejerzan la profesión de forma personal e independiente, sin organización empresarial ni empleados afectados al servicio. ¿Quiénes pueden acceder?Para acceder al beneficio por primera vez o renovarlo, las y los médicos deben cumplir con los siguientes requisitos:a) TÃtulo habilitante: Poseer matrÃcula profesional reconocida por el Colegio de Médicos de Santa Fe. b) Ejercicio profesional: Desarrollar la actividad de forma personal y directa, percibiendo honorarios profesionales, sin estructura empresaria ni empleados a cargo. c) Vigencia y plazos: La exención tiene vigencia anual y debe renovarse cada año. * Nuevos solicitantes: disponen hasta el 31 de marzo para realizar el trámite. * Profesionales que ya contaban con la exención: disponen hasta el 1ro de septiembre. Para tramitar la exención en el marco de la Resolución General 39/2025. ArtÃculo: 213 inciso L, se deben seguir estos pasos: 1) Ingresar desde ARCA al servicio: API Santa Fe – Padrón Web de Contribuyentes Locales. 2) Seleccionar Gestión de Cuentas → Solicitud de Exención de Ingresos Brutos → Ingresar. 3) Completar los datos solicitados. 4) Enviar el formulario. Si el trámite es aprobado, el sistema emitirá el Certificado de Exención de Ingresos Brutos, válido por un año calendario. En caso de observaciones, API notificará por correo electrónico o en el portal para subsanar errores o adjuntar documentación faltante. Importante: Recomendamos consultar con sus asesores contables. Más información y acceso al portal: https://www.santafe.gov.ar/api |
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